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El derecho a la propia imagen protege a las personas de que utilicen su imagen para propósitos comerciales, mercantiles o publicitarios. Diversos países, estados y territorios tienen leyes para proteger a las personas frente a otras personas que quieran hacer dinero usando su imagen.
El concepto imagen incluye nombre, fotografía, retrato, parecido (likeness), voz, firma, atributo o cualquier representación de una persona que sirva para identificar a esa persona, ante un observador o escucha promedio, mediante cualquier procedimiento o técnica de reproducción.
La forma correcta para usar la imagen de una persona es pidiendo permiso por escrito. Al documento por escrito donde se establecen los términos y las condiciones para el uso de la imagen de una persona se le conoce como contrato o licencia.
El derecho a la propia imagen no aplica cuando se utilice la imagen de una persona en las siguientes situaciones: (1) Como parte de un reportaje noticioso, expresión política, transmisión de evento deportivo o artístico, o una presentación que tenga un interés público legítimo, y en donde no sea utilizada con propósitos comerciales o publicitarios; (2) Como parte de una sátira o parodia, en donde el propósito principal del uso de la imagen no sea uno comercial o publicitario; (3) Con propósitos de crítica o comentario, académicos o investigativos, siempre que dicha utilización no constituya una explotación encubierta de la imagen protegida; o (4) De forma accesoria.