La industria musical está llena de contratos largos, aburridos y difíciles de entender. En la mayoría de los casos, la falta de ayuda u orientación legal hace que personas como tú pierdan sus derechos, dinero que les pertenecía por ley, y hasta sus propias carreras. No saber cómo funcionan los contratos musicales podría tener consecuencias desastrosas en tu vida. Por lo que conocer cómo funciona los contratos es clave para navegar la industria de forma segura, proteger tus derechos y hacer dinero.
¿Qué es un contrato?
Un contrato es un acuerdo mediante el cual dos o más partes se obligan a cumplir con ciertas obligaciones.
¿Cuándo nace un contrato?
Los contratos se configuran cuando las partes del contrato acuerdan que una parte dará, hará o dejará de hacer alguna cosa a cambio de una contraprestación.
¿Cuáles son los requisitos de un contrato válido?
Como regla general, cualquier persona puede redactar un contrato y, aunque cada país o estado tiene sus particularidades, generalmente será válido si cumple con ciertos requisitos. A continuación, un ejemplo que ilustra este concepto:
- Oferta: Danny Disquera le hace una oferta a Alex Artista para firmarlo bajo un contrato de marketing y distribución. Este es el objeto del contrato.
- Aceptación: Alex Artista acepta la oferta de Danny Disquera.
- Consentimiento o meeting of the minds: Alex Artista y Danny Disquera acuerdan entrar en la relación contractual.
- Causa o consideration: A cambio de la oferta de Danny Disquera, Alex Artista se compromete a darle una licencia exclusiva a Danny por 10 años.
- Capacidad: Ambas partes tienen la capacidad legal para entender y entrar en la relación contractual.
- Legalidad: lo que se pacta es legal o lícito.
¿Los contratos tienen que estar por escrito para ser legales?
Generalmente, en jurisdicciones como Estados Unidos y Puerto Rico, los contratos pueden ser verbales y tener fuerza de ley.
Sin embargo, como existen ciertas excepciones, lo mejor es tener los contratos por escrito, ya que lo más probable es que no sepas cuándo tenerlo por escrito sea obligatorio por ley.
Ese es precisamente el caso de la mayoría de los contratos musicales: tienen que estar por escrito.
¿Cuáles son las secciones principales de un contrato?
Los contratos tienen 3 secciones principales:
- Comparecencia: dice quiénes son las partes contratantes.
- Cláusulas: lo que acuerdan las partes.
- Firma: prueba de que están de acuerdo.
Hay contratos que también incluyen anejos, attachments o exhibits, para incluir documentos o información adicional.
¿Cuáles son los puntos claves de un contrato?
Los contratos musicales suelen ser largos, complejos, y hasta aburridos de leer. Aunque la mejor práctica es buscar ayuda de un abogado de música, la mayoría de las personas no tienen el presupuesto requerido.
Por eso trabajamos la metodología 4P para ayudarte a navegar, revisar, y entender los 4 puntos principales de cualquier contrato musical:
- Titularidad: ¿Quién va a ser el dueño de los derechos? ¿Qué incluye?
- Pago: ¿Cómo y cuánto te van a pagar por entrar en el contrato? ¿Hay condiciones de pago? Tarifa fija, regalías o intercambio.
- Término: ¿Cuánto tiempo dura el contrato? ¿Cómo o cuándo me puedo salir del contrato?
- Obligaciones: ¿Cuáles son las obligaciones de cada parte? ¿Qué pasa si alguien no cumple con su parte?
Además, es importante hacer referencia a la sección de definiciones de un contrato musical. Aquí es donde se definen palabras claves como: “gastos deducibles”, “adelantos”, “ingreso neto vs. bruto”, etc.
¿Qué variables afectan el proceso de negociación de un contrato?
Aunque dos contratos tengan el mismo nombre, la realidad es que el resultado de ambos negocios puede ser completamente diferente. Es bien raro que en la industria haya dos acuerdos idénticos, ya que todo depende de diversos factores.
A continuación, 5 preguntas que te ayudarán a contextualizar el proceso de negociación de cualquier contrato musical:
- Quién: ¿Quiénes son las partes? ¿Cuánto poder de negociación tienen?
- Qué: ¿Qué queremos lograr con el acuerdo? ¿Cuál es el objeto del contrato?
- Cómo: ¿Cómo nos vamos a beneficiar? ¿Cómo se podría afectar la relación? ¿Cómo atenderemos los desacuerdos? ¿Cómo se termina el contrato?
- Por qué: ¿Por qué queremos entrar en este contrato? ¿Por qué ahora?
- Dónde: ¿Dónde vamos a resolver las cosas si se complican? ¿Dónde me comunico contigo oficialmente?
¿Cuáles son las 12 cláusulas que comparten la mayoría de los contratos?
Si bien es cierto que no hay dos contratos idénticos, sí la mayoría de los contratos musicales incluyen las siguientes 12 cláusulas.
Usualmente, pueden aparecer al final del contrato o bajo una sección que le llaman misceláneos. Aquí una explicación sencilla de lo que significa cada una:
- Representaciones y garantías: No te vas a meter en problemas por este contrato. Ej. Infracción de copyright, o disquera no dio permiso para firmar contrato, etc.
- Indemnización: Si me meto en problemas por tu culpa y me demandan, te voy a reclamar por lo que tenga que pagar.
- Relación entre las partes; responsabilidades contributivas: Las partes se consideran contratistas y no empleados, por lo que no gozan de beneficios ni derechos adicionales. Cada cual es responsable por sus obligaciones contributivas.
- Acuerdo completo: Lo que aparece en el contrato es lo que es, y no hay otras promesas o condiciones en ningún otro acuerdo, ya sea oral o escrito. Las enmiendas son por escrito y hacen referencia al contrato original.
- Renuncia: Si incumples y te la dejo pasar, no significa que renuncié a mi derecho de reclamarte una próxima vez.
- Contrapartes; Firmas Electrónicas: El contrato se podrá firmar de forma electrónica o a mano––sin necesidad de notario–– y en varias copias, todas las cuales serán prueba suficiente de la existencia de este acuerdo, y todas serán un solo convenio.
- Ley Aplicable; Foro; Separabilidad: La ley que aplica a este contrato es la de X país, y si luego de un juicio completo, se determina que una parte del contrato es ilegal, no afectará las demás partes del contrato. También se negocia dónde se llevará un pleito.
- Cesión de contrato: Se puede o no vender el contrato a otra persona.
- Confidencialidad: Lo que se puede y no se puede decir a otras personas.
- Fuerza mayor: Qué pasa si ocurre una catástrofe o evento inesperado y no logro cumplir con mi obligación.
- Interpretación: Este proceso fue una negociación de buena fe, y cada parte se asesoró o por lo menos tuvo la oportunidad de buscar asesoramiento con un abogado. Esta cláusula es para que el tribunal no incline la balanza a un lado sobre otro.
- Asesoramiento legal: Es importante que cada contrato de música tenga una cláusula que establezca que “el artista ha revisado cuidadosamente todas las disposiciones del contrato con un abogado y es plenamente consciente de todas las consecuencias y disposiciones del acuerdo”, ya que si una relación se rompe, el cliente puede acusar que el contrato es inescrupuloso, que él o ella no estuvo representado por un abogado (o no representado por un abogado competente), que él o ella fue ingenuo y se aprovechó cuando se firmó el contrato, y que, por lo tanto, el contrato es nulo y vacío. Con esta cláusula le dices que no hay excusas después de que “no entendí”, “nadie me dijo”, etc.