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Lección

Derechos morales 101

2 min
Propiedad Intelectual 101
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En la mayoría de los países en Latino América y España, el copyright es conocido como el derecho patrimonial y es diferente a los derechos morales de autor. Estos tratan sobre la relación entre el autor y su obra creativa, y no en la explotación comercial de la obra. Conocer cómo funcionan los derechos morales es vital para asegurarte que te den crédito por tu trabajo.

Estados Unidos y los derechos morales

Estados Unidos y los derechos morales

Cuando Estados Unidos acordó unirse al Convenio de Berna en 1988, acordó incluir en sus leyes de derechos de autor el tema de los derechos morales. Sin embargo, las protecciones no son tan amplias como en otros países de tradición civilista, como en Latino América y España. 

Por ejemplo, en los Estados Unidos, solo las obras visuales reciben protección de derechos morales. Lo que significa que las obras literarias como los libros no gozan de esta protección, aunque sí disfrutan del derecho de copyright. 

Cada país tiene su propia legislación, pero…

Cada país tiene su propia legislación, pero…

Aunque esta lección utiliza como base la legislación de Puerto Rico, los conceptos son similares a otras leyes de derechos morales de autor en países como República Dominicana, España, y Colombia, entre otros. La razón es porque muchos de estos países comparten la misma tradición civilista. 

¿Qué son los derechos morales de autor?

En el caso de Puerto Rico, la ley le reconoce 4 derechos morales a los autores de una obra original, creativa y que está en un medio tangible de expresión:

Atribución

Primero, la atribución es el derecho al reconocimiento de tu condición de autor, así como evitar que otra persona se atribuya la autoría de tu obra.

Retracto

Segundo, el retracto es el derecho que tiene el autor de renunciar a la autoría cuando ya la obra no coincide con tus convicciones intelectuales o morales.

Integridad

Tercero, la integridad es el derecho que tiene el autor de impedir la mutilación, deformación, o alteración de la obra, de modo que resulte en menoscabo de tus intereses o reputación. 

Igual, tienes derecho a impedir la presentación pública o distribución de una obra mutilada, deformada o alterada, de modo que resulte en menoscabo de tus intereses o reputación. 

Además, este derecho te permite impedir la destrucción culposa o negligente de un original o de un ejemplar único de tu obra.

Acceso

Cuarto, el acceso derecho que le permite al autor exigir el acceso razonable a la obra original o al ejemplar único, cuando se halle en poder de otras personas, a fin de poder ejercer cualquiera de tus derechos antes mencionados. 

Nota que este derecho no conlleva el desplazamiento de la obra y el acceso será de la manera tal que cause menos incomodidad al poseedor, por lo que tendrás que pagar por los gastos ocasionados en el ejercicio de este derecho.

¿Cuándo nacen los derechos morales de autor?

¿Cuándo nacen los derechos morales de autor?

Al igual que el copyright, los derechos morales nacen al momento en que el autor fija la obra creativa y original en un medio tangible de expresión.

¿Quién es el dueño de los derechos morales?

Como regla general, la ley presume que el humano que creó la obra es su autor, y por ende, es el titular de los derechos morales.

Sin embargo, la propia ley dice que las obras creadas como “trabajo hecho por encargo” no generan derechos morales, excepto que así se disponga mediante acuerdo escrito y firmado.

¿Se pueden transferir los derechos morales de autor?

Para sorpresa de muchos, los derechos morales no son transferibles.

¿También tengo que registrar mis derechos morales y dónde?

Si alguien viola tus derechos morales, los remedios disponibles son daños e interdicto.

En el caso de Puerto Rico, si la obra está registrada en el registro de Propiedad Intelectual, tendrás derecho a daños estatutarios.

Referencias:

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